LOE, LOCE, RSCE, FCE,
FCI… Cada vez es más fácil confundirse y hacerse con documentaciones falsas por error o
intenciones dudosas. No son pocos los criadores mal llamados profesionales, que
afirman tener pedigríes en regla cuando se trata de imitaciones, de documentos
oficiosos que a la hora de la verdad, sirven para más bien poco. Por ese
motivo, vamos a intentar aclarar lo que vale y lo que no según los institutos
oficiales; qué es lo que afirma que tu mascota es de pura raza, y qué no. Y cómo se
consigue un pedigrí oficial.
Distinguiendo realidad
de fraude
El único organismo
totalmente fiable y totalmente internacional dedicado al trato con las razas
es, y que nadie lo dude, la FCI (Federación
Cinológica Internacional). Lo constituye un equipo compuesto por representantes
de todos los países miembros, y reconoce un total de 343 razas con sus
respectivos estándares. Y además, otorga los afijos en colaboración con la
organización canina nacional que corresponda. Y en el caso de España, la única
reconocida por el FCI es la Real Sociedad Canina de España, o lo que es lo
mismo, la RSCE.
Esta institución, sólo
esta, es la que otorga los pedigríes a nivel nacional, que pueden ser de
dos tipos: el L.O.E. (Libro de
Orígenes Español) y el R.R.C. (Registro de Raza Canina). El
primero se entrega cuando se conocen al menos las tres últimas generaciones del
ejemplar en cuestión, mientras que el segundo es el que se otorga cuando una de
ellas no se puede demostrar. Son los únicos documentos que pueden presentarse
en competiciones tanto nacionales como internacionales
Así pues, no hay que
caer en el error de confundir tales instituciones y documentos, con otros que o
bien no gozan de la misma reputación (asociaciones de comunidades autónomas,
por ejemplo), o bien son directamente falsos. Cosas como el pedigrí LOCE, la
Federación Canina (que no Cinológica) Internacional, la FCE… sirven sólo para
confundir y crear todas esas tensiones que se dan cuando se intenta dar gato
por liebre.
Cómo obtener el
pedigrí
El texto que sigue ha
sido extraído de la página oficial de la RSCE, y explica detalladamente cómo
conseguir, de manera totalmente legal y seria, el pedigrí de tu mascota. Podéis
contrastarlo en la propia web de
la asociación. No hay que olvidar que este proceso puede durar unos meses, hay que tener paciencia.
Pedigree
Todo ejemplar del que
sean conocidas un mínimo de tres generaciones (hasta los bisabuelos), figurará
inscrito en el L.O.E.. Por el contrario, los ejemplares de los que no son
conocidas sus tres generaciones completas, se inscriben en el Registro de Razas
Caninas (R.R.C.).
El pedigree es el
documento que certifica la genealogía del ejemplar hasta un mínimo de tres
generaciones, si está inscrito en el L.O.E.; o de todos los antepasados
conocidos, hasta la tercera generación, si está inscrito en el R.R.C.
El pedigree contiene
la siguiente información:
·
Denominación del Libro Genealógico y número con el que el perro ha sido
registrado
·
Fecha de la inscripción
·
Nombre del perro
·
Títulos de Campeonato obtenidos
·
Raza
·
Variedad
·
Sexo
·
Color
·
Fecha de nacimiento
·
Código de identificación (tatuaje o microchip)
·
Nombre del criador
·
Fecha de la transferencia de propiedad
·
Nombre y domicilio del propietario
·
Fecha de emisión del pedigree
·
Firmas autorizadas de la Sociedad Canina
·
Nombre y número de registro de los padres, abuelos y bisabuelos
El pedigree acreditará
que el perro es de pura raza, sin que se hayan producido cruces indeseados
entre sus antecesores, de acuerdo con la información facilitada a la R.S.C.E.
por el/los criador/es al solicitar la inscripción en el L.O.E. de sus camadas.
TRAMITACIÓN
CESIÓN DE PROPIEDAD
CON EL JUSTIFICANTE DE INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E./R.R.C.
Cuando cambia por
primera vez la propiedad de un perro el propietario ha de utilizar el original
del Justificante de Inscripción en el L.O.E. o R.R.C. que le haya entregado el
criador o el establecimiento en el que adquirió su perro, cumplimentado al
dorso (Solicitud de Cesión de Propiedad), sin enmiendas, con el nombre y dirección
completos del nuevo propietario o propietarios, firmado por todos los
propietarios anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos.
El propietario
presentará el citado Justificante de Inscripción para solicitar un “Pedigree
con transferencia de tres generaciones” o un “Pedigree con transferencia de
cuatro generaciones” (ambos igualmente válidos a todos los efectos), en las
oficinas de la Real Sociedad Canina de España o en las de la Sociedad Canina
colaboradora de la R.S.C.E. que corresponda al lugar de residencia del mismo y
pagará el importe que corresponda a la tramitación, según la tarifa de precios
vigente, variando el importe si ostenta la condición de socio de la R.S.C.E.
Si es el propio
criador el que tramita el pedigree a su nombre, sin transferir la propiedad, el
procedimiento a seguir es semejante, excepto que ha de cumplimentar el dorso
con sus propios datos y firmar únicamente él.
Una vez realizada la
tramitación, el propietario recibirá el pedigree del ejemplar a su nombre.
CESIÓN DE PROPIEDAD
CON EL PEDIGREE
Si la Solicitud de
Cesión de Propiedad se realiza una vez obtenido el pedigree se seguirá un
procedimiento similar al expuesto anteriormente.
El nuevo propietario
deberá cumplimentar el apartado correspondiente de la Cesión de Propiedad con
su nombre y dirección e, igualmente, deberán constar las firmas de todos los
cedentes y todos los nuevos propietarios.